domingo, 23 de noviembre de 2014

Escrutinio elección para Miembros del Cabildo de Rere y Diputados Asamblea Provincial 1831.


Reunida la Junta que según el artículo octavo de la Ley de Calificaciones suple la falta de municipalidad del partido de Rere en su villa cabecera a tres del mes de marzo de mil ochocientos treinta y un años. Con citación de los señores Don Vicente del Solar, Don Pedro Espinoza, Don Carlos Pradenas, Don Agustín Cifuentes, Don José Irene de la Xara, Don Felipe Bega, Don Tomás Cardenas y Don Gregorio Gaspar. A efecto de verificar el escrutinio de la votación recibida en las parroquias que se contienen en su jurisdicción para miembros del cabildo y para Diputados de la Asamblea Provincial se procedió a examinar a presencia de los comisionados por las mesas receptoras de sufragios las cerraduras de las cajas en que se hallaban depositadas las de la votación y hallándolas en el mismo estado en que habían quedado al tiempo de distribuirse las llaves se procedió a su apertura y en seguida a las de las cajas que habían dentro. Auto continuo y con las formalidades de los artículos sesto y octavo del Reglamento de Elecciones se procedió al examen de todas las cajas el cual produjo el siguiente resultado: las de la Parroquia de Rere ochenta y siete votos; de ellos para municipales cinco Don Juan de Dios Espinoza; uno Don Mariano Oliva; cinco Don Agustín Cifuentes; uno Don Agustín de la Xara; tres Don Miguel Pradenas, tres Don Tomás Lermanda, ochenta y cinco Don Tomás Figueroa, dos Don José Antonio Oses, ochenta y uno Don Narciso Larenas, setenta y nueve Don Andrés Ramos, Setenta Don Antonio de la Jara, cuatro Don José María Daroch, noventa Don José Irene de la Xara, ochenta y cinco Don diego Fincheira, dos Don amador Sanhueza, dos Don Mariano Salazar, dos Don Carlos Pradenas, dos Don Vicente Bocardo, y para Diputados a la Asamblea Provincial, quatro Don Juan Ignacio Barrales, ochenta y dos el Señor Don José Antonio Alemparte, ochenta y dos el Señor Don Luis de la Cruz, ochenta y dos el Señor Don Jerónimo José Valenzuela, para supliente dos para la misma Don José Fdo. Lara y una don Jil Calbo. Once la parroquia de Tucapel nueve a favor de Don José Irene de la Xara, para municipales, once para Don Narciso Larenas, once Don José María Daroch, once Don Andrés Ramos, once Don Antonio de la Jara, y una Don Diego Fincheira y para Diputados a la Asamblea, en el Señor Don José Antonio Alemparte, y once el Señor Don Luis de la Cruz, y para supliente once el Señor Don Gerónimo José Valenzuela. La de la Parroquia de Yumbel para municipales veinte y uno para Don José Irene de la Xara, veinte y uno Don Narciso Larenas, veinte y uno Don Andrés Ramos, veinte y uno Don Antonio de la Xara, veinte y uno Don José María Daroch, veinte y uno Don Diego Fincheira,  y veinte y uno Don Tomás Figueroa; para Diputados a la Asamblea veinte y uno para el Señor Don José Antonio Alemparte, veinte y uno el Señor Don Luis de la Cruz y para suplente veinte y uno Don Gerónimo José Valenzuela. La de Talcamavida veinte votos de ella para municipales, veinte a favor de Don José Irene de la Xara, veinte Don Narciso Larenas, veinte Don Tomas Figueroa, veinte Don José María Daroch, veinte Don Antonio de la Xara, veinte Don Andrés Ramos y veinte Don Diego Fincheira. Para diputado a la Asamblea veinte el Señor Don José Antonio Alemparte, veinte el Señor Don Luis de la Cruz y para suplente veinte el Señor Don Gerónimo José Valenzuela. Concluida esta operación se dio principio al escrutinio general y hecho con la mayor aprensión en presencia de los comisionados de las parroquias ciudadanos Don José Irene de la Xara, Don Felipe Bega, Don Tomás Cardenas, Don Gregorio Gaspar, para municipales obtuvieron ciento quarenta y dos votos Don José Irene de la Xara, ciento treinta y tres Don Narciso Larenas, ciento treinta y siete Don Tomás Figueroa, ciento treinta y uno Don José María Daroch, ciento veinte y dos Don Antonio de la Xara, ciento treinta y uno Don Andrés Ramos, ciento treinta y siete Don Diego Fincheira, ciento Don Juan de Dios Espinoza, uno Don Mariano oliva, cinco Don Agustín Cifuentes, uno Don Agustín de la Xara, tres Don Miguel Pradenas, tres Don Tomás Lermanda, dos Don Marcos Moreno, dos Don Mariano Salazar, dos Don Carlos Pradenas, diez Don Vicente Antonio Bocardo, resultando de consiguientes electos para municipales Don José Irene de la Xara, Don Narciso Larenas, Don Tomás Figueroa, Don José María Daroch, Don Antonio de la Xara, Don Andrés Ramos, Don Diego Fyncheira, y para Diputados a la Asamblea los señores Don José Antonio Alemparte y Don Luis de la Cruz y para supliente Don Gerónimo José Valenzuela. Hecha la correspondiente proclamación firmó conmigo con secretario del Cabildo la presente acta después que fue leída y aprobada por él= Vicente del Solar= Pedro Espinoza= Agustín Cifuentes=  José Irene de la Xara=  Tomás Cardenas= Felipe Bega= José Gregorio Gaspar= por mi ante mi Carlos Pradenas= Secretario       

Es copia de su original, de que certificamos.

Pedro Espinoza                .                                                                             Carlos Pradenas, Secretario.
 
 


 

Descripcion Escuela de primeras letras Yumbel 1829


Gobierno de Rere.

                                     Mayo 3 de 1829.

 

La escuela de primeras letras de la plaza de Yumbel ha corrido a cargo de Don Matías Xaramillo, mas de dos años ha y últimamente desde el 1° del actual ha sido abierta y puesta en ejercicio por nombramiento que he hecho en el, por cuenta del estado y la dotación de cien pesos anuales pagaderos por la Tesorería de esa ciudad según las facultades que me confirió el Supremo Gobierno de la República, para aquello y el pago todo decretado con fecha de 28 de agosto del año pasado que por el ministerio respectivo se ha comunicado a ese Gobierno de Intendencia y Tesorería. Los alumnos que tienen son sesenta i seis que reciben la instrucción sin pago alguno por la dotación del maestro, y que pasa a esa ciudad si V.S. tiene a bien disponer sea pagado por Tesorería desde 1° del actual, en cumplimiento del citado supremo gobierno.

Con este motivo ofrezco a V.S. las consideraciones de mi distinguido respeto.

Juan de Luna.

Mensura pueblo de San Cristobal 1826


En el campo y tierra del pueblo de San Cristóbal partido de Rere y en veinte y dos días del mes de febrero de mil ochocientos veinte y seis años: yo Clemente Pérez y sepoas, Juez Agrimensor general del Departamento de esta Provincia de Concepción, para efecto de medir este pueblo de naturales de San Cristobal procedi al reconocimiento de los linderos en compañía de Don Pedro José Godoy, y del capitanejo del dicho pueblo, del fiscal, y demás vasallos, y habiendo reconocido todos los linde manifestados por los mismos indios; nos pusimos en un mismo lindero esquinero del referido pueblo, que también lo es de las tierras de los herederos de D. Jorge Oses, en cuyo lugar se le mandó a D. Vicente Silva que hare oficio de Alarife, que midiese la cuerda, y puesta en setenta y cinco varas que componen media cuadra, se tomó el rumbo al nornoroeste y se empezó a medir atravesando una vega, y pasó la cuerda por una arboleda que fue de Doña Bernarda Quezada la cual quedó dentro de esta mensura, siguió la cuerda por la orilla del foso de Oses y enderesando a una loma alta que tiene un derrumbe, lugar  que llaman Las Cardas, encumbró a la dicha loma y conto otras y con veinte y  siete y media cuadras, terminó esta línea en otro mojón esquinero del pueblo. En este lugar presentó Don Andrés Ramos una mensura, de ciento tres y media quadras, practicada por el finado agrimensor general Don Tomás de Quezada, con asistencia de Don Fernando  Urizar siendo subdelegado del Partido de Rere en los años de mil ochocientos once, y como los indios dijeron que aquella mensura se hizo con contradicción, siguieron su instancia por escrito, y que el pleito se está siguiendo, y yo habiendo pedido los autos a los indios me los entregaron, y habiéndose visto hasta el fin allo que están citadas las partes para hoy sentencia; en esta virtud seguí midiendo por los linderos que los indios me habían señalado en el reconocimiento dejando dentro del pueblo las ciento tres y media quadras de Don Andrés Ramos señaladas en el plano con el número uno, hasta la última resolución del Gobierno. Y para proseguir con el segundo costado, se tomó el rumbo al Esnordeste, se fue midiendo por las lomas llevando por objeto un árbol de Huinha que se halla en la orilla del Monte de Galaz lindero de estas tierras y de las de los propios de esta plaza de Yumbel. De cuyo punto habiendo medido veinte y tres qq. hasta el dicho monte, se tomó para la tercera línea, el Yumbel del Sur quanta al suerte, y pasó la cuerda por entre dos árboles de Patahuas, fue cortando por la vega y con treinta y cuatro quadras termino esta línea en una árbol de quillay, conocido por el quillay huacho, del qual con rumbo al oeste se enderezo al lindero esquinero donde se dio principio a esta mensura, y cortando por una llamalada se llegó al expresado lindero con diez y nueve quadras con lo qual queda serrada esta mensura trapecia irregular, que partida en dos triangulos, dio el producto de seiscientas quarenta y seis quadras, inclusas las ciento tres y media quadras de Don Andrés Ramos, y por concluida esta diligencia la firmo con testigos de que doy fé.

 

T° Vicente Silva                                                                                               T° Manuel Salas

Por mí y ante mí

Clemente Perez y Seyqoas

Plano de seiscientas quarenta y seis cuadras que se han hallado en el pueblo de San Cristóbal con inclusión del triangulo de ciento tres y media quadras que se le midieron a Don Andrés Ramos y van figuradas como se dirá………………………………………………………………………………………………………………

A.- Primer lindero al fin de una loma vaja y orilla de las chacaras de los naturales el qual lindero sirve para el pueblo y división de las tierras de los herederos de Don Jorge Oses……………………………

B.- Segundo lindero en una loma alta que deslinda a los Saes………………………………………………………….

C.- Tercer lindero en la orilla del Monte de Galaz……………………………………………………………………………..

D.- Quarto lindero el Quillay Guacho………………………………………………………………………………………………

E.- El triangulo de ciento tres i media quadras de Don Andrés Ramos…………………………………………….

 

Croquis de San Cristóbal









oficios eclesiasticos de Yumbel año de 1826.-


El ciudadano Juan de Luna, Teniente Coronel de Caballería de Ejército, Gobernador del  Partido de Rere y Comandante de la Frontera del Sud.

 

Certifico en quanto puedo y debo, como el D.D. Luis José de Barañao ha servido la capellanía de la tropa estacionada en esta plaza, administrándoles los sacramentos a la tropa, y demás funciones que le incumben a los capellanes, desde el día quince de mayo último hasta el día de la fecha. Para su constancia y la presente en Yumbel a quince de noviembre de mil ochocientos veinte y seis años.

                       

 

Certificamos: que el Doctor Don Luis José Barañao es cura capellán castrense y vicario en la Plaza o Doctrina de Yumbel, propietario desde el año pasado de 86 y que como a tal capellán castrense se la ha contribuido con el sínodo correspondiente por esta Tesorería principal y en fuerza de sus buenos servicios que por espacio de quarenta años tiene hechos en aquel su destino a favor de los cuerpos militar y político de su cargo y que actualmente estima con el mayor celo, y sin que se le note la más leve falta: a si mismo certificamos conceptuarlo acreedor y merecedor a que la justificación del Señor Gobernador Intendente de esta Provincia tengo a bien mandar: que sin más título que la autoridad de su empleo, de que hay constancia en la Tesorería General de Santiago, se de deuda con sus sueldos vencidos  hasta la fecha. Por los ministros del Tesoro Público, que es cuanto debemos y … certifican en obsequio de la justicia y a pedimento verbal del referido D. Don Luis José de Barañao. Gobierno Eclesiástico, 25 de Noviembre de 1826.

 

Salvador de Andrade                                                                                   por mandado de S.S. M.M.

                                                                                                                                             Santiago del Rio

                                                                                                                                             Secretario.

 

Concepción, 29 de noviembre de 1826.

 

Informan los Ministros de la Tesorería General que se le ofrecen de los abonos de sínodo que traen del Ministro Señor Obispo que antecede poder en su buen proveer.

Fernz.

 

S.G.Y.

No hay constancia en esta oficina de que se haya satisfecho el sínodo al capellán de Yumbel D. Luis Barañao que no existen papeles anteriores al año de 818.

                Al Presbítero Don Julián Xarpa que ha servido destino desde el año de 819 hasta mayo del presente, ha pagado el sínodo como capellán de dicha Plaza por orden del Señor Gobernador Intendente anterior de V.S. y creemos que se avone  el mismo sínodo al señor Barañao previo las justificaciones de su buen desempeño y asistencia a las tropas del exercito que emitan en aquella parte  de la frontera. Tesorería de Concepción, Noviembre 29 de 1826.

P. J. Ríos.                                                                                           El Tesorero no firma por ocupación.

 

Concepción, 29 de noviembre de 1826.

 

Hágase el abono del sínodo correspondiente al cura capellán de la Plaza de Yumbel D. Luis Barañao. Solicitese la aprobación del Supremo Gobierno.  Informese varón en Tesorería.

Fernz.

 

 

 
 

Ruina de Yumbel

Santiago y Septiembre 13 de 1768.                                                                 Ruina de Yumbel.
                                                        M.L.S. Presidente Gobernador y Capitán Jeneral.
Vista als. fiscal.

El comandante de la  Plaza de Yumbel, Don Antonio de Santa de María, con fecha 22 de agosto, da cuenta haber padesido, aquella plaza, con el temporal acaesido, lo siguiente:
Que lo mas de las avitaciones de la tropa se han benido abajo, y que las pocas, que han quedado “en pie”, amenazan grave rruina, y los mismo le subsedio a la casa de su avitacion, pues lamaior parte de ella, dize haverse benido abajo, y que por milagro, escaparon sus hijos. La muralla, ha padesido, quasi toda; ello el temporal asido nunca visto, pues no ay Plaza, que en el dia no necesite de refacción. Rrespecto aque el tiempo, ya franquea las primeras labores, me paresia conveniente que V.S. se dignase  mandar coopedir las providencias, que fuesen del superior agrado de V.S. tanto para esta Plaza como para lade Arauco, que todas sus habitaciones están para benirse abaxo: y a la de Yumbel, ponerla en el pie del nuevo proyecto, respecto a necesitar de refaccion formal y tener inixiado un hermoso baluarte de piedra.

                            Nuestro señor que a V.S. los anteriores deseo, y el Reyno necesita: Concepción de la Madre Ssma. de la Luz, y Septiembre 1° de 1768.

                                                                                  Al Ilustre Señor

                                                                                  Salvador Trabuco.